El BOE publica los requisitos a cumplir por los municipios para solicitar el Fondo Estatal de Inversion Local

02/12/2008

El Boletín Oficial del Estado (BOE), ha publicado en su edición de hoy el Real Decreto 9/2008 de 28 de noviembre por el que se crea el Fondo Estatal de Inversión Local y el Fondo Especial del Estado para la Dinamización de la Economía y el Empleo.

Según se recoge en las disposiciones generales de este Real Decreto, el Fondo Estatal de Inversión Local tiene por objeto aumentar la inversión pública en el ámbito local mediante la financiación de obras de nueva planificación y ejecución inmediata a partir de comienzos de 2009 y que sean competencia de las propias entidades locales.

En este sentido, y según dispone el artículo 5 de este Real Decreto, en su apartado 2, los Ayuntamientos, en este caso, la Ciudad Autónoma, debe presentar entre el 10 de diciembre y el 24 de enero sus solicitudes para adherir proyectos a estos fondos.

En las solicitudes se deberá adjuntar la siguiente documentación:

1. Memoria explicativa del proyecto
2. Presupuesto del proyecto
3. Certificación de que se trata de una obra no incluida en el Presupuesto de 2009
4. Previsión de personas a ocupar en la ejecución del proyecto
5. Acuerdo del Pleno o de la Junta de Gobierno, según proceda en el que se apruebe el proyecto. (En un mismo pleno se pueden aprobar varios proyectos)

En este último caso, la Ciudad Autónoma de Ceuta debe certificar documentalmente que tiene competencias del Pleno de la Asamblea delegadas en el Consejo de Gobierno para acreditar que no es necesario adjuntar el acuerdo plenario en su solicitud, siendo imprescindible el trámite del Pleno en el caso de que no las tuviera.