La Delegación del Gobierno comienza a verificar los proyectos del Fondo Estatal de Inversión

17/12/2008

La Delegación dispone de 10 días para dar trámite a las solicitudes de inversión presentadas por la Ciudad


El Delegado del Gobierno, José Fernández Chacón y el Gabinete Técnico de la Delegación han comenzado a trabajar en la revisión de los 34 proyectos remitidos, a través de un procedimiento telemático, por la Ciudad Autónoma para ser sufragados a través del Fondo Estatal de Inversión Local, del que a Ceuta le corresponden 13,6 millones de euros.
 
El Jefe de Gabinete, Sergio Moreno, y el Asesor del Gabinete, José Antonio Carracao, designados por el Delegado para verificar y supervisar que los expedientes, enviados por la Ciudad ayer por la tarde, cumplen los requisitos establecidos en el Real Decreto Ley 9/2008, han comenzado a tramitar las solicitudes.
 
Cada uno de los expedientes de obra está acompañado del acuerdo plenario acordado ayer por la unanimidad de la Asamblea de Ceuta, así como una certificación de la Secretaría General de la Ciudad Autónoma de que las inversiones proyectadas no están incluidas en los Presupuestos Generales de la Ciudad para 2009.
 
A partir de ahora, y en el plazo máximo de diez días, la Delegación verificará que las obras proyectadas pueden ser financiadas por el Fondo, tanto en su objeto como por el importe de la licitación, y que los certificados remitidos cumplen igualmente con las condiciones establecidos en el Real Decreto Ley. Asimismo, se verificará que los solicitantes se corresponden, en el caso de Ceuta, con el alcalde-presidente o secretario general, puesto que son las únicas personas autorizadas para la presentación de las solicitudes.
 
Aunque la Delegación del Gobierno cuenta con diez días de plazo para tramitar las solicitudes, también a través de una aplicación telemática, es probable que no se agote ese plazo porque el trabajo se encuentra muy avanzado, ya que el pasado lunes, Moreno y Carracao mantuvieron una reunión con técnicos municipales en la que se realizó una primera supervisión de los proyectos.
 
Una vez cumplimentado este trámite, la Delegación del Gobierno comunicará por vía electrónica al Secretario de Estado de Cooperación Territorial, Fernando Puig, el resultado de la verificación.
 
En el plazo máximo de los diez días siguientes, el Secretario de Estado de Cooperación Territorial dictará la resolución de autorización para financiar cada una de las obras proyectadas y ordenará su publicación en la página del MAP (www.map.es)
 
Por otra parte, el Ministerio de Administraciones Públicas (MAP) ha publicado hoy en su página web los pliegos de contratación para las inversiones que se financien con cargo al Fondo Estatal de Inversión Local. Con ello se da cumplimiento a la disposición final primera del Real Decreto Ley que crea este fondo y a lo establecido en la Resolución del Secretario de Estado de Cooperación Territorial.
 
Mediante estos pliegos, elaborados por la Junta Consultiva de Contratación, se trata de facilitar a los ayuntamientos instrumentos que les permitan agilizar la tramitación de los expedientes de contratación y la ejecución inmediata de los proyectos financiados mediante el Fondo Estatal de Inversión Local.
 
Estos pliegos, que no son obligatorios, podrán ser utilizados por los ayuntamientos cuando la licitación de las obras se efectúe por los procedimientos de contratación abierto o negociado con o sin publicidad, según lo establecido en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. Los contratos menores no requieren incorporar el pliego al expediente de contratación.
 
IDENTIFICACIÓN DE LOS PUESTOS DE TRABAJO A CREAR
 
Los pliegos publicados están adaptados a los requerimientos del Real Decreto Ley que crea el Fondo Estatal de Inversión Local, tanto en las especialidades de contratación que en él se establecen, como en los mecanismos para garantizar que en la adjudicación y justificación de los contratos se respetan las exigencias sobre identificación de los puestos de trabajo a ocupar, el seguimiento municipal de la creación de empleo resultante de la adjudicación de un proyecto y la acreditación final de los puestos de trabajo realmente creados.
 

En los tres modelos publicados, los pliegos incorporan la exigencia de que los contratos incluyan una cláusula estableciendo que el nuevo personal que el contratista necesite para la ejecución de las obras se encuentre en situación de desempleo.