El Delegado pide al Consejo Estudiantil de Melilla que recapacite y no busque echar pulsos que no conducen a nada

08/05/2013

El Delegado del Gobierno, Abdelmalik El Barkani, anima a los dirigentes del Consejo Estudiantil de Melilla a que recapaciten, reconsideren su empecinamiento y dejen de echar pulsos que no conducen a nada.
El Delegado del Gobierno realiza estas consideraciones tras tener constancia del escrito presentado este mediodía, a las 15.36 horas, ante el Registro Oficial de esta Delegación, desconvocando la manifestación-concentración que habían previsto inicialmente y convocando, en su lugar, una nueva concentración, para mañana, a las 12.00 horas, junto al monolito a la Constitución sito en la Plaza de España.
El Barkani insiste en que es preciso respetar la legalidad vigente y subraya que si había motivos para no autorizar la primera manifestación-concentración, igualmente los hay para no autorizar esta nueva concentración que sólo puede entenderse como un pulso de tipo político absolutamente impropio de quienes dicen invocar la Constitución y respetar el Estado de Derecho.
El Delegado del Gobierno reitera que nunca se ha opuesto a ninguna concentración de protesta, que de hecho en Melilla se celebraron 54 el pasado año y 23 en lo que llevamos del año en curso, pero añade que en esta ocasión no sólo se raya en exceso el incumplimiento del plazo previsto por la ley para comunicar debidamente a la autoridad gubernativa la correspondiente convocatoria, sino que la misma va dirigida principalmente a menores en edad escolar obligatoria. Un extremo, reitera El Barkani, que impone mayor pulcritud a la hora de exigir el cumplimiento y observancia de la legalidad vigente.
En el mismo sentido, reitera igualmente El Barkani que el Consejo Estudiantil bien puede atrasar su convocatoria para ajustarse al plazo mínimo de 10 días previsto en la Ley Orgánica reguladora del Derecho de Reunión en nuestro país.
“Les animo a que respeten la legalidad, a que no conviertan esto en un pulso político que trasciende abiertamente de lo que quieren reivindicar, y a que actúen conforme a lo que regula nuestro ordenamiento jurídico y nuestra ley de leyes, la Constitución española”.
“Tienen mucha legislatura aún por delante para convocar mil concentraciones si quieren, pero en ningún caso puede admitirse que lo hagan fuera de plazo, como lo hicieron inicialmente con sólo dos jornadas de antelación al día y hora de la convocatoria inicial, y como han vuelto a hacerlo ahora con otra nueva convocatoria comunicada con menos de 24 horas de antelación”.
El Barkani recuerda que son 10 días los que exige la ley para comunicar de manera preceptiva a las Delegaciones de Gobierno las convocatorias de manifestaciones o concentraciones públicas. No obstante, admite que en numerosos casos no ha sido tan riguroso en la exigencia del plazo con el fin de hace prevalecer el ejercicio de los derechos fundamentales de los ciudadanos. “En este caso –explica la autoridad gubernativa- no estamos únicamente ante una cuestión puramente de plazos; debemos considerar también la cualidad de los convocados, menores en su mayoría. De ahí mis reservas y mi exigencia de que se cubrieran los plazos para poder garantizar los derechos de los convocados, tanto para el caso de los que quisieran asistir como de aquellos otros que no quisieran sumarse a la concentración”.
Si la situación no era admisible con la convocatoria inicial, “menos puede serlo con esta otra, que se convoca de urgencia, sin que se haya producido ningún motivo que pueda justificar esa urgencia. Lamentablemente –añade El Barkani- debo concluir que están buscando echarme un pulso con otros fines, como digo, muy distintos a lo que quieren reivindicar”.
Por otra parte, es de señalar que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, ha dictado hoy mismo una sentencia en la que desestima un recurso interpuesto por distintas organizaciones ceutíes contra la resolución de la Delegación del Gobierno de dicha ciudad que declaraba la extemporaneidad y falta de cobertura legal de una concentración auspiciada igualmente para mañana jueves.
La sentencia expresa textualmente que “tanto el Tribunal Constitucional como el Tribunal Supremo, consideran que las reuniones en lugares de tránsito público, como la aquí pretendida, pueden prohibirse por el incumplimiento de los plazos que para la comunicación previa se establecen en el artículo 8 de la Ley Orgánica 9/83”.
Además, matiza que "no concurren causas extraordinarias y graves que justifiquen la urgencia de la citada convocatoria, dado que la protesta se realiza respecto de la política educativa general del Gobierno sin que los convocantes hayan indicado una acción concreta del Ejecutivo contra la que pretenden protestar, que se haya llevado a cabo en los diez días anteriores a la concentración convocada".